Decreto n°024- febrero 05 de 2024

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Durante la temporada de bajas lluvias en el Municipio de Salento, se prohíbe: 1. El lavado de vehículos y automotores con mangueras en vías públicas. 2. El riego de jardines, zonas verdes, lavado de fachadas y andenes. 3. La introducción de cuerpos extraños como mangueras, tuberías o motobombas en aguas naturales. 4. El llenado de piscinas, jacuzzis u otros estanques artificiales con fines recreativos. Además, queda prohibida la realización de quemas abiertas y fogatas recreativas en zonas rurales y urbanas, así como las quemas para la obtención de carbón vegetal en todo el territorio municipal. 

 Lee Decreto completo: https://www.salento-quindio.gov.co/normatividad/decreto-n-024-733593

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